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Consultorio Jurídico

Consultas realizadas

Buenas. Mi mujer y yo estamos pensando en crear un patrimonio protegido para nuestra hija que tiene una discapacidad intelectual del 65%. Las aportaciones las haríamos en dinero. ¿Podemos hacer dichas aportaciones en la cuenta en la que cobra la prestación por dependencia y le cargan los recibos de las actividades que realiza en la Asociación Down? Gracias.

La ley no dice nada sobre dónde deben ingresarse las aportaciones, pero para el control del patrimonio es preciso que figuren en una cuenta exclusiva, y conveniente que cualquier inversión quede vinculada a aquella. De otro modo, se genera una confusión entre bienes aportados y procedentes de otros medios, y entre gastos, que hace muy dificultoso el control de la rendición de cuentas por el fiscal y las explicaciones que debe realizar a Hacienda en el modelo 182, cada año, con una posible reclamación de lo deducido.

 Por otro lado, no olvide que, por ahora, lo aportado no puede salir del patrimonio, gastarse, durante el año de la aportación y cuatro más (lo digo por la cuota de las actividades). Si puede invertirse, si el valor total del patrimonio se mantiene. 

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