/liferay/image/image_gallery?uuid=2c6b8c4c-eb7f-4c44-a610-5cd93e4c5e7b&groupId=10228&t=1302850906076
Consultorio Jurídico

Consultas realizadas

Mi suegro fallecio hace 3 meses, tiene 3 hijos uno von sindrome down de 35 años, todos los hermanos quieren renunciar a la herencia pues solo son deudas pero los abogados a los q hemos acudido nos dicen q es dificil encontrar un notario que le deje a mi cuñado firmar la renuncia puesto q no puede afirmar que lo entienda, y nos encontramos con las manos atadas porque no sabemos que hacer o donde acudir. Estamos en madrid.

Habrá que ver la situación de su cuñado. Parece que ni se le había incapacitado (antes de 2021) ni se le han establecido medidas de apoyo (a partir de septiembre de 2021). Estará al cuidado de alguien (probablemente su madre, o sus hermanos) que se ocupe de él. Es la situación que potenció la ley de ese año que se llama “guarda de hecho”, una persona se encarga, asiste, se ocupa de otra con discapacidad.

El guardador de hecho (su suegra probablemente, o si no sus hermanos)) se ocupará de su hijo. La ley le permite hacer varias cosas: en primer lugar, asistirle (acompañarle, aconsejarle, informarle, ayudarle a comprender las cosas). En este caso, si llega a comprenderlo, firmaría él con la asistencia de la guardadora. Si no llega a comprenderlo bien, con ayuda de su madre, esta, como guardadora, puede representarle, firmar por él, pero en este caso necesita autorización judicial. Se trata de un procedimiento judicial sólo para pedir esta autorización, no necesariamente de nombramiento de un curador (que sustituye a los antiguos tutores, y que a su vez necesitaría tal autorización para firmar). La ley indica que si hay una guarda de hecho que es suficiente para que su cuñado esté atendido, no procede nombrar un curador.

 Si de la renuncia resultara beneficiado el guardador (o el curador si lo hubiera) habría que pedir el nombramiento de un defensor judicial, dado que la contraposición de intereses no podría representarle. 

Volver
Comparte esta página:
  • Compartir en Google
  • Compartir en Digg
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en Technorati
  • Compartir en Twitter
  • Compartir en LinkedIn
© 2010 Aequitas