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Consultorio Jurídico

Consultas realizadas

Soy fijo discontinuo en mi empresa y mi mujer ha dado a luz estando yo en periodo de inactividad, mi empresa sabiéndolo me han mandado un correo con la fecha del llamado a la actividad pero me han dicho que conteste a dicho correo con una negativa de volver a la actividad , ya que estoy de permiso por paternidad. ¿No debería la respuesta correcta a ese correo ser que si me reincorporo, PERO, qué estoy de permiso de paternidad, para que la empresa me de de alta desde el llamado a la actividad, y no solo cuando acabe el permiso?

Efectivamente, procede el alta y subsiguiente cotización de los trabajadores fijos discontinuos que, en el momento de su llamamiento, por inicio de campaña o reanudación de la vigente, se encuentran en situación de IT, o permiso de paternidad, si bien la reincorporación efectiva al trabajo debe producirse a partir del alta médica (TS 14-7-16, EDJ 152183; 20-1-22, EDJ 502900).

La situación de maternidad en la que se encuentra una trabajadora como consecuencia del nacimiento de un hijo es, desde el punto de vista laboral, una causa justificada de suspensión de la relación laboral. Esto significa que, en el caso de una trabajadora fija discontinua que antes de empezar la temporada se encuentra en situación de maternidad, la empresa debe realizar la llamada a la trabajadora para determinar si puede reincorporarla efectivamente. Esto se hace como forma más clara de que la trabajadora, única persona que conoce de manera “oficial” la fecha de inicio de la maternidad y la de finalización, informe a la empresa de la duración y finalización de esta. De esta manera, la empresa tendrá conocimiento del momento en el que debe reincorporar efectivamente a la trabajadora una vez finalizada la situación de maternidad/paternidad.

Durante la baja por maternidad, el contrato fijo discontinuo se considera en suspensión. Esto significa que, aunque la trabajadora no esté trabajando, conservará su puesto de trabajo y su antigüedad en la empresa. Una vez finalizada la baja por maternidad, podrá reincorporarse a su puesto de trabajo.

En España, si te quedas embarazada y tienes un contrato fijo discontinuo, tienes derecho a disfrutar de los beneficios de la maternidad y a conservar tu puesto de trabajo. Esto se debe a que el embarazo está protegido por la legislación laboral y se considera un motivo de baja médica.

 

 Una vez que confirmes tu embarazo, deberás informar a tu empleador y presentar el certificado médico correspondiente. A partir de ese momento, tendrás derecho a solicitar la baja por maternidad. Durante ese período, recibirás una prestación económica por parte de la Seguridad Social, que será el equivalente al 100% de tu salario. 

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