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Consultorio Jurídico

Consultas realizadas

Hola. Mi pregunta es:. Mis dos padres murieron. Y tengo la tenencia de mi hermano incapaz. Quisiera saber si podemos vender una de las casas. Para pagar cuentas. Si se puede y como hacerlo porque tengo un hermanito incapaz. Debo asignarle algún abogado de familia o yo puedo tomar la decisión por los dos?. Soy de Uruguay. Gracias.

Desconozco los detalles de la legislación uruguaya, pero en esquema no creo que sea diferente de la española. Conforma a esta:

Si su hermano no tiene capacidad, habría que iniciar un procedimiento para que en el Juzgado designen un representante legal (que probablemente  será usted misma.

A continuación, habría que nombrar por el Juez alguien que actúe en nombre de su hermano en la adjudicación de la herencia (si es usted la designadam habría una contraposición de intereses por lo que en ese acta no podría representarle). El Juez debería aprobar esa adjudicación, que se haría notarialmente.

Para la venta, necesitaría autorización judicial para realizar este acto en nombre de su hermano.

Si son residentes en España, para estas situaciones personales se aplicaría la legislación española (art. 9.6 del Código Civil) según el esquema que se ha señalado. Si viven en Uruguay, habría que aplicar las disposiciones de la legislación uruguaya.

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