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Consultorio Jurídico

Consultas realizadas

Buenos dias, Persona con certificado de discapacidad 69%, no incapacitado judicialmente y cobrando su madre por él una prestación por hijo a cargo, hereda tras el fallecimiento de su padre dos tierras embargadas, una deuda de 30.000 euros en el INNS, ya que su padre no pagaba las cuotas de autonomo y varias multas de trafico realizadas por su padre conduciendo un coche a nombre del hijo. Al solicitar la pensión de orfandad, le comunican que no puede cobarla y que debe pagar la deuda de su padre. Mi pregunta es, teniendo en cuenta que la cantidad que percibe por hijo a cargo es muy baja, ¿se puede pedir abogado de oficio para que prueben que es insolvente tanto para las multas de trafico, como la duda de la seguridad social? ¿serviria de algo proponer ahora su incapacidad judicial?¿donde se puede averiguar si su padre tiene mas deudas contraidas?

 1.- En cuanto a la posibilidad dada la situación de solicitar abogado de oficio, considero que sería viable, la solicitud se haría en el Colegio de Abogados correspondiente según la ciudad, en la tramitación le pedirán información que acredite y justifique la situación económica en la que se encuentra.

2.- En relación con la segunda pregunta, considero que no procede ahora el inicio de un procedimiento judicial de incapacitación.

3.- Por último en relación con la ultima cuestión, existe el conocido fichero de morosos RAI, así como la central de información de riesgos del Banco de España, este no es un fichero como tal de morosos, pero en esta base de datos constan prácticamente todos las deudas, créditos, préstamos y avales  que tienen los clientes de entidades financieras, se puede solicitar esta información entrando en las páginas del RAI y del Banco de España, con los datos personales de la persona cuya información se solicita. De todas formas, no todas las deudas ven allí, por lo que no cabe mas solución que consultar en las entidades donde pudiera haberlas (como Tráfico).

Otra solución es aceptar la herencia a beneficio de inventario, que consiste en que el heredero responde hasta donde llegue el valor de l herencia, lo que lleva una  tramitación especial. En la notaría que usted elija le informarán sobre los pasos a dar.

Reciba un saludo.

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