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Consultorio Jurídico

Consultas realizadas

La consulta es referida a una persona con un Procedimiento de Incapacitación resuelto en 2003. En ese Procedimiento aparecen como tutores legales sus progenitores. El padre ha fallecido y la madre está delicada de salud. Los hermanos queremos saber qué proceso tenemos que llevar a cabo para que aparezcamos legalmente como tutores en caso de fallecimiento de nuestra madre y en qué lugar y forma debemos hacerlo. Gracias. Un saludo

Ahora su madre será titular de la patria potestad rehabilitada, es decir, jurídicamente se le trata como un menor sometido a las normas de la patria potestad.

En caso de fallecimiento de su madre habrá que solicitar al juzgado la designación de un tutor. Fíjese que el proceso completo de modificación de capacidad tiene dos fases: la primera, decretar que una persona no puede valerse y necesita apoyos; la segunda, determinar el apoyo, en su caso la rehabilitación de la patria potestad.

Lo que tendrían que hacer es esta segunda fase: nombramiento de un tutor.

Si su madre no está en condiciones de ejercer su cargo, lo que debe hacerse, también judicialmente, es la remoción (quitarle el cargo por imposibilidad de cumplirlo) y nombramiento de un tutor.

Se hará ante el juzgado de discapacidad (si lo hay en su localidad) o si no en el de familia, y si no lo hay ante el de Primera Instancia. Necesitarán abogado para llevarlo a cabo.

Un saludo

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