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Consultorio Jurídico

Consultas realizadas

Con el fin de obtener algún rendimiento al capital depositado en la cuanta asociada a un patrimonio protegido, - ¿Se admite la contratación de depósitos a plazo fijo o suscribir fondos de inversión, de forma que tanto estos productos financieros como sus rendimientos formen parte del patrimonio protegido?. - En caso de admitirse, ¿Cual sería la mejor forma de proceder ?, es decir, ¿se debe abrir la cuenta antes de formalizar el patrimonio y después suscribir fondos o contratar depósitos, o contratarlo todo antes de formalizar el patrimonio?. Muchas gracias y un saludo. Manuel A.

A fin de evitar la regla de los 4 años, durante los cuales no se permite hacer actos de disposición de los bienes aportados sin devolver antes los beneficios fiscales, con recargos, parece más conveniente aportar ya los productos que van a generar rendimientos de los que se podrá disponer sin problema, al no ser bienes aportados.

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