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Consultorio Jurídico

Consultas realizadas

Buenas soy ana, hermana de patricia la cual tiene síndrome de down, hace poco falleció nuestros abuelos y tenemos que firmar la herencia, el problema viene cuando me indica la gestoria que el notario dice que para que patricia firme ya sea tanto para aceptarla como para rechazarla necesita un tutor legal (ella es mayor de edad) o algún papel que diga que ella legalmente puede firmar.... Mi hermana no está incapacitada legalmente porque mi padre quería que ella pudiera tener sus cuentas bancarias y cosas a si nombre el día dado. Ahora mi pregunta, puede el notario negarla a poder firmar sin ese papel??? Esto es legal??? No sé supone que tienen los mismos derechos legales que cualquier persona??? Alguien ha pasado por esto y me puede ayudar? Graciass

 El nombre de la patología de su hermana, sea Síndrome de Down o cromosoma 21, es irrelevante. Dentro del ámbito Down tenemos en España desde una persona que ha hecho una carrera universitaria y luego ha sido actor y presentador de televisión hasta otras que no tienen ningún discernimiento.

Para hacer un contrato lo necesario es comprender y poder expresar lo que se va a hacer, y para ello se pueden utilizar las ayudas que sean necesarias. La primera ayuda debe ser el notario, para adaptar su explicación a quien la escucha, y a continuación los apoyos informales que sean precisos. Entre estos apoyos no se podrán utilizar los de personas que tengan contraposición de intereses (por ejemplo, en un reparto de herencia yo recibo esto, tú lo otro, hay intereses contrapuestos, quien le ayude debe ser otro no interesado, pero si recibimos una cosa a medias no lo hay). Pero siempre tiene que llegar a entender lo que hace: que los bienes de los abuelos van a pasar a ella y a los demás; que si hay deudas también, y que los valores de las cosas que se reparten son equivalentes.

Esto lo juzga el notario, principalmente hablando con ella y explicándoselo, con la ayuda de otras personas que le ayuden a ello si es preciso. Eso mismo habrá hecho el notario con el empresario que viene con su gerente o abogado que ha diseñado la operación, o con el que trae a su amigo o pariente a que le acompañe a firmar un préstamo. Lo mismo para la expresión de lo que quiere y comprende. Y la ley del Notariado ha sido modificada el año pasado añadiendo un párrafo en su artículo 25:

“Para garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad que comparezcan ante Notario, estas podrán utilizar los apoyos, instrumentos y ajustes razonables que resulten precisos, incluyendo sistemas aumentativos y alternativos, braille, lectura fácil, pictogramas, dispositivos multimedia de fácil acceso, intérpretes, sistemas de apoyos a la comunicación oral, lengua de signos, lenguaje dactilológico, sistemas de comunicación táctil y otros dispositivos que permitan la comunicación, así como cualquier otro que resulte preciso.

En materia de testamentos el Código Civil lo trata expresamente y es bastante claro:

“Artículo 663. La persona con discapacidad podrá otorgar testamento cuando, a juicio del Notario, pueda comprender y manifestar el alcance de sus disposiciones. El Notario procurará que la persona otorgante desarrolle su propio proceso de toma de decisiones apoyándole en su comprensión y razonamiento y facilitando, con los ajustes que resulten necesarios, que pueda expresar su voluntad, deseos y preferencias”

Lo que indica en su pregunta que quiere el notario es propio de la legislación anterior, cambiada el 3 de septiembre de 2021. Antes las personas incapacitadas no podían contratar ellas mismas:

“Artículo 1263.2: No pueden prestar consentimiento: … 2 Los que tienen su capacidad modificada judicialmente, en los términos señalados por la resolución judicial.”

Este apartado ha sido suprimido en 2021, al igual que se ha suprimido la incapacitación.

Por otro lado, no existe el documento que diga que puede firmar contratos. Si no, todos, no solo los down, deberían llevarlo a cualquier actuación jurídica que pretendiera hacer.

Por lo tanto, pedir un tutor legal, encima sin ver al interesado, es algo que se suprimió hace más de un año.

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