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Consultorio Jurídico

Consultas realizadas

buenas tardes! mi abuela falleció hace 15 años y mi madre hace 4. la única herencia de mi abuela es una casa para dividir entre sus 5 hijos: mi mamá fallecida, 3 hermano más y un cuarto con discapacidad cognitiva, alcohólico diabético e hipertenso que vive en esa casa solo y es una ruina toda la edificación. lo único de valor es el terreno. Podemos pedir como hijos de la hija fallecida la parte que le correspondería a ella, estando los demás hermanos vivos y teniendo en cuenta a este hermano de 60 años discapcitado

 El problema es a quién pedírsela. Supuestos como el suyo se dan con mas frecuencia de lo que parece, y son largos de resolver. Contiene dos cuestiones: el poner la casa a nombre de los herederos y el venderla.

Veo que su hermano no está incapacitado judicialmente; vive de forma independiente. Si la discapacidad cognitiva es suficientemente grave, pueden intentar que el juzgado le modifique la capacidad y le nombre un tutor o curador. Para explorar esta vía, les convendría pedir un informe de los servicios sociales del Ayuntamiento. De hacerse así, ya tendrían ustedes con quién hablar para intentar la venta de la casa.

En caso contrario, es posible otra vía para hacer la adjudicación de la herencia, que es solicitar el nombramiento de un contador partidor (alguien a quien se encarga la adjudicación si se opone algún heredero minoritario). El nombramiento se hace por el Colegio Notarial entre un listado de abogados y se empieza por una escritura ante cualquier notario, que lo tramita a través del Colegio. Luego el partidor hace la partición, que debe ser aprobada por el notario, y finamente hace la escritura de adjudicación a los herederos. Y entonces tenemos el segundo problema, la venta, que en último caso podría solucionarse con una subasta judicial.

En ambos casos se plantea la cuestión de donde va a vivir su hermano, pero esto habría que tratarlo con los servicios sociales, a ver si pueden ayudar con alguna solución.

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