Consultas realizadas
Hola, Quisiéramos saber qué sucede cuando fallecen los progenitores de una persona discapacitada (88%) que es mayor de edad y no está incapacitada judicialmente. Existe algún mecanismo de protección para ella? Se da aviso de su situación de algún modo a la fiscalía u otro organismo que evite que quede desamparada o que terceras personas se aprovechen de su situación? Gracias
Si esta persona no puede valerse por si misma (su discapacidad) y además existe motivo para ello (el quedar desamparada al faltar sus padres), lo previsto es la modificación de la capacidad de esta persona (antigua incapacitación judicial), a la que se nombrará un tutor (que la represente) o un curador (que complemente su capacidad) en los aspectos que se determinen en la sentencia.
Pueden inicial el procedimiento judicial, o pueden ponerlo en conocimiento del fiscal. Este intervendrá en todo caso, bien como impulsor del procedimiento si así lo considera (si no hay otras personas que puedan hacerlo, situaciones de necesidad o desamparo famiiiar, por ejemplo) o bien como elemento de la administración de jusiticia que en todo caso es oido en el mismo.