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Consultorio Jurídico

Consultas realizadas

En el 2021 querría realizar una aportación al patrimonio protegido de mi padre de 50.000 €. Como se sobrepasan los límites, entiendo que podré reducirme la cantidad de 10.000 € en la declaración del IRPF de 2021, 10.000 € en la del 2022, 10.000 en las del 2023, 10.000 en las del 2024 y los últimos 10.000 € en la declaración del 2025. ¿Sería correcto este planteamiento? Otra cuestión, si durante ese periodo, mi padre llegase a fallecer, ¿podría seguir reduciéndome las cantidades en su día aportadas desde que se produjo el fallecimiento hasta la declaración del 2025? Un saludo y muchas gracias.

Su planteamiento es correcto. En cuanto a la deducción posterior al fallecimiento (extinción del Patrimonio Protegido), la aportación está hecha durante su vigencia; la ley permite deducir el exceso de 10.000 eutos, y por lo tanto no veo problema en continuarla; el hecho que la motiva se produjo con todos sus requisitos para ser deducible.

Reciba un saludo.

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