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Consultorio Jurídico

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DEMANDA JUDICIAL ACTUALMENTE EN MARCHA DE DIVISION DE LA COSA COMUN, donde uno de los copropietarios demandados esta INCAPACITADO siendo su tutor otro de los copropietarios. Preguntas: 1º¿Hace falta autorización judicial para la venta por parte del Juzgado Tutelar donde se lleva la tutela y tendría que solicitar el Juzgado donde se tramita la acción de división de la cosa común mediante pública subasta? Es decir se podría SUPEDITAR la decisión del Juzgado donde se está tramitando la división de la cosa común a que el Juzgado Tutelar autorizara la venta en pública subasta al haber un copropietario incapacitado? 2º-¿Haría falta el nombramiento de DEFENSOR JUDICIAL para su defensa en ese procedimiento del copropietario incapacitado-tutelado, habida cuenta de que su tutor legal es igualmente copropietario y podría haber lugar a conflicto de intereses entre ellos? LES QUEDO MUY AGRADECIDO POR SU AYUDA. CARLOS GARCIA.

De las dos preguntas que deduzco de su exposición:

Para la transmisión de inmuebles por un tutor, se aplican las normas de la curatela representativa hasta que se revise la incapacitación (Disposición Adicional 2ª de la ley 8/2021), con lo que será precisa autorización judicial previa, no supeditar un proceso judicial a que otro juzgado lo autorice con posteridad.

Si en la actuación que se pretende hay intereses contrapuestos, hará falta autorización judicial. Ahora bien, si lo que se quiere es la venta en pública subasta, los intereses no son contrapuestos, sino concurrentes. Esto no excluye la autorización judicial por tratarse de una transmisión de inmueble. Ahora bien, si uno tiene interés en quedárselo, surgen los intereses contrapuestos.

Por último, si el tutor es copropietario, ¿por qué no insta la división en su propio nombre? No es obligatorio que lo soliciten todos los dueños.

 

 

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