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Consultorio Jurídico

Consultas realizadas

Tengo un hijo con un 83% (creo) de discapacidad. Poseo dos pisos y dos sociedades, una con inmuebles. Tiene un hermano mayor. Mi cuestión es, tengo hecho testamento pero a mi mujer, abogada como yo, no le gusta porque quiere que mi hijo en caso de problemas pueda disponer de fondos de forma inmediata. ¿Tendrían alguna minuta notarial que me pudiera servir?

 Creo entender que se trata de abreviar los trámites de la adjudicación hereditaria para que su hijo mayor pueda disponer de la herencia. Habiendo una persona con discapacidad, estos se prolongarán para obtener las autorizaciones judiciales necesarias.

Donde podemos tener una cierta agilidad es en las sociedades. Su hijo podría tener poderes económicos o, si ese es el futuro previsto, hacerse administrador en un plazo muy corto (fallecimiento del anterior, junta universal nombrando al nuevo estando presente la comunidad hereditaria titular de participaciones). A continuación, podría vender o disponer de bienes. En cuanto al paso de estos fondos al patrimonio personal, pudiera ser vía préstamo a reintegrar tan pronto como se disponga de la herencia.

De los demás bienes, se podrían hacer legados en el testamento y nombrar un albacea (que también podría ser contador partidor) con facultades para entregarlos y, si es preciso, vender bienes para ellos. Con esto los pasos podrían ser: presentar un inventario para liquidar el impuesto de sucesiones, y a continuación actuar el albacea vendiendo y entregando los legados; la adjudicación del conjunto de la herencia se haría con más calma.

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