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Consultorio Jurídico

Consultas realizadas

Hola quisiera saber que pasaría si mi padre discapacitado psiquiatricamente sin bienes, los bienes los posee mi madre su conjugue, hizo los papeles de la casa a su nombre por cualquier motivo que llegase a ocurrir en su instancia laboral, actualmente no tenemos como darle sustento a el, y se encuentra internado en el hospital psiquiatrico "Borda" de constitucion b.s a.s, sin mas soy el hijo mayor , un hermano esta "desapareciodo" y las hijas son estudiantes aun, y tiene un hijo menor yo con 25 años soy el mayor y no encuentro solucion alguno querria saber mas que nada que pasaria en estos casos.

Cuando una persona no tiene medios para mantenerse, surge una obligación llamada "de alimentos" regulada en el Código Civil. Los parientes más próximos. Le transcribo el contenido de alimentos:

Artículo 142.

Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica.

Y el orden de las personas obligadas a prestarlos

Artículo 144. La reclamación de alimentos cuando proceda y sean dos o más los obligados a prestarlos se hará por el orden siguiente:

1.° Al cónyuge.

2.° A los descendientes de grado más próximo.

.......
 Artículo 145. Cuando recaiga sobre dos o más personas la obligación de dar alimentos, se repartirá entre ellas el pago de la pensión en cantidad proporcional a su caudal respectivo.
....
 Artículo 146. La cuantía de los alimentos será proporcionada al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe.
 

Es decir, está obligados la esposa y los hijos, por este orden, y teniendo en cuenta los bienes ingresos de cada uno.

Tembién habria que examinar el tipo de documento que se hizo para poner los bienes a nombre de la esposa, por si pudiera anularse. Pero para eso hay que examinar el documento.

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