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Consultorio Jurídico

Consultas realizadas

Buenas tardes, en relación al Patrimonio Protegido de las Personas con Discapacidad, he leído que "Tendrán derecho a reducir su base imponible por aportaciones efectuadas a patrimonios protegidos, los siguientes contribuyentes: [...] Los que tengan una relación de parentesco en linea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive con el discapacitado". Desearía saber si me puedo acoger a este beneficio fiscal por las aportaciones que realice al patrimonio protegido de mi suegro. Un saludo y muchas gracias.

La norma se está refiriendo a los parientes por consanguinidad,  cuyo parentesco se divide en línea directa (abuelos, padres, hijos, nietos...) o en línea colateral (descedientes de un progenitos común, hermanos, sobrinos, tíos...).

No se ocupa del parentesco por afinidad (suegros, cuñados...) entre loss que se encuentra el cónyuge, que en este caso se contempla expresamente.Si los incluyera, sobraria la referencia al cónyuge entre las personas con derecho a reducción en el IRPF.

De modo que la respuesta debe ser negativa. Lo lamento.

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