Consultas realizadas
1. ¿Cuántos tutores puede tener un mejor de edad? 2. ¿Hay algún problema con los menores autistas que NO tienen padres?
En principio, el Código Civil prevé un tutor por tutelado, con algunas excepciones:
- Que por circunstancias especiales convenga separa la tutela de la persona y de los bienes.
- Que corresponda al padre y la madre, lo que no se dará en este caso.
-Si se designa a alguna persona tutor de los hijos de su hermano y se considera conveniente que el cónyuge del tutor ejerza también la tutela.
-Si los padres, al designar tutores, lo han dispuesto así.
En cuanto a los menores autistas sin padres, como tales menores sin representante legal, se les nombrará tutor. Llegados a la mayor edad, se deberá examinar el grado de autonomía o capacidad para valerse por si mismos para ver si siguen en régimen de tutela, se les nombra curador, o no se adopta ninguna decisión al respecto porque no haga falta.