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Consultorio Jurídico

Consultas realizadas

hola me llamo carlos mi pregunta es...hace mas de seis años que tuve un brote psicotico y mi medico me daba 15 pastillas al dia anti depresivos ,ansioliticos,anti psicoticos,estabilizadores emocionales incluso litio y no soy bipolar solo tengo un trastorno limite de personalidad,y tengo algunas fobias solo eso.y me ha cambiado la medicacion por que le pregunte si me la podia cambiar y yo tomo Xeplion paliperidona 75ml es un inyectable y me quiere poner otro de Abilify 300 mg y me amenaza tanto mi psiquiatra como mi enfermera a tomar esta inyeccion porque sino me quitan la pension no contrivutiba y me meteran en el psiquiatrico.¿esto es verdad? ¿no tengo derecho sobre mi propio cuerpo para decidir si no quiero tomar una medicancion que no necesitoy que me sienta mal a mi organismo?pues desde el primer brote no he tenido ninguno mas. tengo derecho dejar de seguir tomando esta medicacion pero ir bajandola poco a poco con ayuda de otro psiquiatra? Gracias, Carlos

 Estimado Carlos, la conciencia de enfermedad y la adherencia al tratamiento son dos elementos fundamentales en la relación médico-enfermo. El tratamiento psiquiátrico y psicofarmacológico indicado o supervisado por médicos especialistas en psiquiatría persigue que alcance la curación y la mejor y mayor inclusión social o en su caso, el mantenimiento de su estado de salud mental o bien que no se agrave, no se descompense,  no se complique o no se reagudicen sus alteraciones y deba ser ingresado temporalmente en la planta de psiquiatría de un Hospital. Si el especialista le ha indicado este tratamiento psicofarmacológico después de conocer con detalle su caso, es porque lo necesita. El abordaje terapéutico con las herramientas que la farmacopea nos brinda  en la actualidad, permite tratar un mismo trastorno con varios fármacos distintos, buscando en todo momento los mayores beneficios y los menores efectos adversos, secundarios o inconvenientes al paciente, por lo que siempre podrá sugerirle al psiquiatra que emplee otros fármacos o dosis que tolere  mejor. Dicho esto, en España no se admiten las amenazas leves, ni graves, ni menos graves, todas las proscribe el Código penal y la pensión no contributiva que usted recibe sólo la dejará de cobrar si quiebra el Estado Español, o si mejora mucho su enfermedad o si pese a persistir sus alteraciones dejara de encontrar barreras en su entorno y en la actitud de los demás y por lo tanto dejara de ser una persona con discapacidad, meta en la que muchos estamos empeñados.

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