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Consultorio Jurídico

Consultas realizadas

buenas tardes, acaban de concederme la tutela de mi hermana. a nivel fiscal ¿que implica exactamente para mi? y ¿a nivel laboral? ¿tengo que redactar ya ante notario quien deseo que sea el proximo tutor, en caso de que a mi me pasara algo? agradezco de antemano su contestacion. atentamente. mª isabel vega.

 Estimada Mª Isabel:

1º.- Supongo que habrá aceptado el cargo de tutora ante el Juez. En el Auto de su nombramiento le deben constar o bien facultades de carácter genérico por remisión legal o bien específicas para el desarrollo de su cargo.

2º.- En particular para Vd, a nivel fiscal no implica nada en su IRPF; otra cosa es que si su pupila tiene que hacer declaración o cumplir determinadas obligaciones fiscales, Vd es responsable de ese cumpli9miento como tutora de dicha obligaciones en nombre de su hermana.

3º.- A nivel laboral, si a pesar de la incapacidad de su hermana, puede desarrollar un trabajo y ser contratada, es Vd la responsable del cumplimiento de las obligaciones laborales que le puedan competer a ella. Fuera de eso a Vd no le afecta a sus propias relaciones laborales.

4º.- El nombramiento de tutor compete a la autoridad judicial siempre; solo a los padres, en su testamento se les permite decir quién o quienes les gustaría que fuese el tutor de su hijo/a menor o incapacitada; el tutor no lo puede hacer.

5º.- Recuerde que tiene que rendir cuentas al Juez al final del ejercicio de su cargo y que todos los años tiene que presentar al Mº Fiscal un informe de la evolución del patrimonio de su hermana (posiciones financieras, evolución, alquileres….)

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