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Consultorio Jurídico

Consultas realizadas

Una persona con 95 años de edad que ostenta la patria potestad prorrogada de su hija declara judicialmente incapaz, ¿Que debe de hacer para que a la misma le sea designado un tutor -que podría ser su hermana- pues ella ya no puede ejercerla por su avanzada edad?. ¿Es necesario que sea previamente declarada incapaz para ejercer la patria potestad prorrogada? Y en caso afirmativo, ¿Puede ella misma promover la referida incapacidad y proponer un tutor para dicho menester? Agradecido de antemano.

Si ostenta la patria potestad prorrogada es porque ya se le habrá modificado judicialmente la capacidad (si el procedimiento es antiguo, "incapacitado"). El procedimiento consta de dos partes: modificar la capacidad de la persona, y designar la medida de apoyo y la persona. En su caso, patria potestad prorrogada y su progenitor.

Cuando esta persona no puede ejercer el cargo, se rehace esta segunda parte, que en este caso sería un procedimiento para: remover la patria potestad por no poder cumplir el cargo, establecer la tutela (o curatela) y designar tutor (o curador). 

Pueden promoverlo tanto el titular que no puede ejercerlo como el propio sujeto necesitado de los apoyos.

Reciba un saludo.

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