/liferay/image/image_gallery?uuid=2c6b8c4c-eb7f-4c44-a610-5cd93e4c5e7b&groupId=10228&t=1302850906076
Consultorio Jurídico

Consultas realizadas

Buenas tardes: Tenemos un hijo con discapacidad, sobre el cual tenemos la prorroga de la patria potestad. Hace ya 11 años que le constituimos un Patrimonio Protegido a su favor, aunque siempre hemos realizado al mismo aportaciones dinerarias. Ahora estamos pensando en la posiblidad de aportar un inmueble a su Patrimonio y a nivel de constituir las escrituras necesarias no tenemos claro como hacerlo. Les planteamos dos supuestos: A) El primer supuesto sería la adquisición de una vivienda cuyo titular sería nuestro hijo, dicha compra la haríamos en su nombre como representantes legales de él en la correspodiente escritura de compra venta. Al mismo tiempo constituiriamos escritura de hipoteca, donde los deudores hipotecarios seriamos mi mujer y yo, nuestra hija y nuestro yerno. Así como escritura de constitución de Patrimonio Protegido sobre el inmueble. La pregunta seria la siguiente: De cara a justificar ante la Agencia Tributaria las amortizaciones del prestamo anuel, seria necesario todos los años con la certificación del banco, constituir escritura de Patrimonio y con la primera escritura de constitución de Patrimonio, que debería reflejar toda la vida del prestamo seria suficiente. B) El segundo supuesto seria la compra directa de la vivienda por parte de mi mujer, yo y mi hija a través de constitución de Escritura de Compra Venta. E ir cediéndole el dominio sobre la misma, conforme se vaya amortizando el préstamo hipotecario. Igualmente constituiriamos hipoteca sobre la misma y como deudores hipotecarios seríamos los mismos de primer supuesto. En este caso entiendo que sí que habría que constituir escritura anualmente, aportándole al Notario la certificación que nos de la entidad bancaria, donde aparte de que la cuantía amortizada serviría para los beneficios fiscales, serviría tambien para ir transmitiendo a nuestro hijo la propiedad sobre la finca. Perdonen la extesión de la consulta, quedo a la espera de sus noticias, agradeciéndoles su ayuda por adelantado.

La primera de las soluciones no me parece adecuada: Siendo deudores los cuatro, son los que reciben el dinero. Este dinero, junto con la entrada, deberían aportarlo al Patrimonio para que su hijo pudiera hacer la compra, y se encontrarían con que podrían deducir una aporatción de 40.000 euros, perdiéndose la deducció por el exceso.

La otra solución es que lo compren entre los cuatro con su préstamo. Luego van haciendo aportaciones de hasta cuarenta mil euros por año (cada año el porcentaje que corresponda a esa cifra) y así se pueden deducir al final por el importe total de compra de la casa.

Reciba un saludo

Volver
Comparte esta página:
  • Compartir en Google
  • Compartir en Digg
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en Technorati
  • Compartir en Twitter
  • Compartir en LinkedIn
© 2010 Aequitas