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Consultorio Jurídico

Consultas realizadas

Buenos días, hemos recibido una sentencia de reconocimiento de un 55% de discapacidad fisica, pero no estamos de acuerdo, y antes de decidir o no recurrir, agradeceríamos su asesoramiento al respecto, ya que, además la parte contraria ha decidido recurrir esta primera sentencia. El caso es de Cantabría. Gracias, un saludo, ReyesC

Lo único que podemos indicarle con estos datos, y especialmente sin examinar el caso, es que las sentencias son recurribles, como acaban de comprobar por el recurso que citan. Por cierto, no aparece quien es "la parte contraria".

En este recurso es donde se discutirá la procedencia o no del porcentaje asignado.

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