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Consultorio Jurídico

Consultas realizadas

Soy viuda. Tengo desde hace dos años la patria potestad rehabilitada de mi hijo de 27 años discapacitado. Hay que rendir cuentas al Juzgado periodicamente como en el caso de los tutores de incapacitados. A fecha de hoy no he recibido ninguna petición del juzgado. En caso de tener que rendir cuentas ¿que gastos son los que el Juez tiene en cuenta como justificación? ¿tengo que guardar todos los justificantes?

La patria potestad prorrogada se rige por las normas de la patria potestad, es decir, se lel atribuye el mismo régimen jurídico que tienen los padres respecto de los hijos menores de edad. Dada la relación más íntima entre los dos, las normas son menos rígidas que las de la tutela, que si exigen la rendición de cuentas al juzgado. En su caso, no.

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